Reglamento de Salud Ocupacional CR: comisiones para contratistas
El Reglamento de Comisiones y Oficinas de Salud Ocupacional establece umbrales claros para contratistas en proyectos EPC. Toda empresa con 10 o más colaboradores debe constituir comisión paritaria y coordinar con el mandante.

Resumen ejecutivo
El Reglamento de Comisiones y de Oficinas o Departamentos de Salud Ocupacional (Decreto Ejecutivo N° 39408-MTSS, 2016) obliga a todo contratista con 10 o más colaboradores en Costa Rica a constituir una Comisión de Salud Ocupacional paritaria, registrarla ante el Consejo de Salud Ocupacional y coordinar acciones con la comisión del mandante en proyectos industriales. El incumplimiento expone al contratista a auditorías del INS, sanciones por la Inspección de Trabajo y la suspensión de sus operaciones en obra. Para mandantes en minería, energía y construcción, verificar que cada subcontratista cumple este requisito forma parte de la obligación de accreditación bajo la Ley N° 6727 (Ley de Riesgos del Trabajo).
Cuándo un contratista está obligado a constituir Comisión de Salud Ocupacional en Costa Rica
El Decreto 39408-MTSS (2016) fija el umbral en 10 o más colaboradores. Toda empresa —incluida una contratista que ingresa a un proyecto industrial— debe constituir su propia comisión si supera ese tamaño de dotación. El criterio es por empleador, no por proyecto individual.
- Umbral permanente: si el contratista mantiene 10 colaboradores en cualquier combinación de obras (un proyecto EPC de energía + dos proyectos de construcción), está obligado. La suma de dotaciones cuenta.
- Dotación en obra: un subcontratista que llega a un proyecto del mandante con 8 personas y contrató 3 más durante la semana de inducción cruza el umbral durante esa obra. La comisión debe estar conformada antes del inicio de actividades críticas.
- Plazo de constitución: el reglamento establece que la empresa dispone de 30 días hábiles desde el momento en que supera el umbral. En la práctica, los mandantes exigen comisión vigente como requisito de homologación antes de autorizar ingreso.
Composición paritaria y registro ante el Consejo de Salud Ocupacional
La composición paritaria es mandato legal. El número de integrantes varía según la dotación total:
| Rango de colaboradores | Representantes del patrono | Representantes de colaboradores | Total |
|---|---|---|---|
| 10 – 49 | 1 | 1 | 2 |
| 50 – 99 | 2 | 2 | 4 |
| 100 – 299 | 3 | 3 | 6 |
| 300 o más | 4 | 4 | 8 |
Proceso de registro
- Elección de representantes: los colaboradores eligen sus representantes mediante votación directa y secreta. El patrono designa los suyos, al menos uno con formación en SSOMA.
- Acta constitutiva: redactar acta con nombres completos, cédulas, puesto, fecha de elección, duración del mandato (2 años).
- Inscripción ante el Consejo de Salud Ocupacional (CSO): el empleador presenta el acta y el formulario en línea en el portal del CSO. El plazo legal es 8 días hábiles tras la conformación.
- Constancia oficial: el CSO emite constancia de inscripción que el contratista debe conservar y presentar al mandante durante el proceso de accreditación.
Funciones obligatorias de la Comisión
El Decreto 39408-MTSS asigna 14 funciones. Las más relevantes para contratistas en proyectos EPC son:
- Investigar causas de accidentes: participar en toda investigación de incidente con tiempo perdido o daño material superior a la póliza mínima del INS.
- Inspecciones periódicas: realizar al menos una inspección mensual de las áreas de trabajo. En obra, esto incluye frentes activos, almacenes de materiales peligrosos, comedores móviles.
- Revisión del IPERC y PETS: la comisión debe validar las matrices de riesgo antes de su aprobación por la gerencia.
- Promoción de la capacitación: elaborar cronograma anual de charlas, simulacros, inducciones.
- Actas mensuales: levantar acta de cada sesión (mínimo 1 reunión/mes). El acta debe consignarse en libro foliado o registro digital auditable.
Coordinación entre la Comisión del contratista y la del mandante en proyectos EPC
En contratos pass-through, el mandante retiene la autoridad última sobre SSOMA en toda la obra. Sin embargo, el Decreto 39408-MTSS no releva al contratista de su obligación de mantener una comisión activa.
Modelo de coordinación típico
- Reunión de alineación al inicio del proyecto: las comisiones del mandante y de los contratistas principales se reúnen en la primera semana. Se establecen canales de reporte (correo, sistema CMS, plataforma colaborativa), frecuencia de sesiones conjuntas (mensual o quincenal si hay trabajos de alto riesgo) y criterios de escalamiento ante hallazgos críticos.
- Reporte de incidentes: todo incidente con lesión o pérdida material ocurrido en personal del contratista se notifica inmediatamente a la comisión del mandante. El contratista investiga, la comisión del mandante valida hallazgos, el mandante cierra con acciones correctivas que ambas partes ejecutan.
- Inspecciones cruzadas: la comisión del mandante puede solicitar inspección conjunta en áreas donde opere el contratista. La comisión del contratista documenta hallazgos en su acta mensual y en el sistema del mandante si lo exige el contrato.
- Auditorías de conformidad: al menos una vez por trimestre, el SSOMA manager del mandante verifica que el contratista siga celebrando sesiones, levantando actas y cumpliendo los planes de acción. La ausencia de actas actualizadas puede activar cláusula de suspensión.
Responsabilidad del mandante en la verificación
La Ley N° 6727 (Riesgos del Trabajo) establece responsabilidad solidaria cuando el mandante no verifica condiciones de seguridad de sus contratistas. Aunque la norma no especifica "Comisión de Salud Ocupacional" en su texto, la jurisprudencia laboral costarricense ha interpretado que:
- El mandante debe solicitar constancia vigente de inscripción ante el CSO durante el proceso de accreditación.
- El mandante debe revisar actas mensuales como parte del seguimiento contractual. La práctica estándar es exigir copia digital de actas dentro de los primeros 5 días del mes siguiente.
- Si un inspector del INS o del Ministerio de Trabajo detecta que un subcontratista opera sin comisión o con comisión caduca, el mandante enfrenta multa solidaria bajo el principio de dirección y control del proyecto.
Registro y gestión documental de actas en sistemas de gestión de contratistas
Mantener un registro auditable de las actas de comisión por cada contratista es requisito de compliance y evidencia central en inspecciones del INS o auditorías de certificación ISO 45001.
Documentos mínimos por contratista
- Constancia de inscripción ante el CSO (vigente, con sello del Consejo).
- Nómina actualizada de integrantes (cédulas, puestos, fecha de elección, vencimiento del mandato).
- Actas mensuales (12 por año mínimo), cada una firmada por todos los integrantes presentes, foliadas o con hash digital si el sistema es electrónico.
- Matriz de seguimiento de acuerdos: plan de acción derivado de cada acta, responsable, fecha compromiso, estado (abierto/cerrado), evidencia de cierre (fotografías, PETS actualizados, constancias de capacitación).
Un Sistema de Gestión de Contratistas que centralice este repositorio elimina el riesgo de que el mandante deba rastrear carpetas compartidas, correos o USBs durante una inspección. Wallet mantiene un módulo de documentos SSOMA por contratista donde cada acta se carga con fecha, hash de integridad y vencimiento automático si no se sube la siguiente en el plazo legal.
Cómo Wallet ayuda a mandantes y contratistas en Costa Rica con el cumplimiento del Decreto 39408-MTSS
Para contratistas que gestionan múltiples proyectos simultáneos, llevar el control de actas en Excel descentraliza la información y dificulta el cruce con otros requisitos (pólizas INS, exámenes médicos ocupacionales, inducciones). Wallet centraliza todos los documentos SSOMA en un expediente único por contratista.
El sistema alerta al mandante 15 días antes del vencimiento del plazo mensual de acta. Si el contratista no sube el documento, Wallet cambia automáticamente el estado de compliance a "observado" y notifica al gerente de proyecto y al coordinador SSOMA del mandante. Durante inspecciones del INS o del CSO, el mandante puede generar un reporte consolidado con todas las actas, fechas de sesión y tasa de cumplimiento por contratista en menos de 2 minutos.
Para el contratista, la plataforma le recuerda sus propias obligaciones internas (convocar sesión, firmar acta, adjuntar evidencias de cierre de acciones) y le permite compartir documentación con varios mandantes sin duplicar carga manual. Esto es crítico cuando el contratista opera en 3 o 4 proyectos EPC bajo mandantes distintos que exigen formatos levemente diferentes pero contenido de cumplimiento idéntico.
Conclusión
El Decreto 39408-MTSS no es opcional ni negociable: todo contratista con 10 o más colaboradores en Costa Rica debe constituir Comisión de Salud Ocupacional, inscribirla ante el CSO y mantener registro mensual de actas. En proyectos industriales EPC, el mandante asume responsabilidad solidaria si no verifica este cumplimiento durante la accreditación y el ciclo de vida del contrato. Automatizar el seguimiento documental reduce el riesgo de multas, agiliza auditorías y libera tiempo del equipo SSOMA para actividades de prevención en campo. Solicitar una demo en wallet.logiflex.pe/contacto permite evaluar cómo el módulo de comisiones de Wallet se adapta a la estructura de proyectos y dotaciones del mandante.